martes, 8 de junio de 2021
CONSEJOS INMOBILIARIOS

Documentación necesaria para formalizar un contrato de alquiler

En el momento de firmar un contrato de alquiler, tanto si eres propietario como inquilino, hay una documentación que se debe presentar para que se pueda efectuar la firma. En el artículo de hoy os vamos a explicar qué documentación debe llevar cada parte.

Documentación que debe aportar el propietario:


Todos los propietarios que quieran alquilar una vivienda deben aportar una documentación que está recogida en la LAU.


Certificado de eficiencia energética

Toda vivienda que se quiera alquilar deberá disponer de un certificado energético expedido por una autoridad competente. El certificado debe renovarse cada 10 años y es necesario tenerlo en el momento de publicitar la vivienda.


Cédula de habitabilidad

Este documento certifica que el piso cumple con las exigencias de la ley para ser considerado vivienda habitable. Además, sin la cédula de habitabilidad, no será posible empadronarse en esa dirección.


Título de propiedad y recibos

El propietario deberá acreditar que es legalmente el dueño del inmueble mediante una escritura o un certificado legal. Además, deberá aportar los recibos de suministros para que el inquilino pueda hacer el cambio de nombre o darlos de alta. Por último, se solicita el último recibo del IBI para demostrar que está al corriente de pago.



Documentación que debe aportar el inquilino:


Identificación personal

Parece obvio, pero nunca está de más recordar que en el momento de la firma hay que llevar el DNI, NIE o pasaporte en vigor.


Fianza

La Ley de Arrendamientos establece como requisito la aportación por parte del inquilino de una fianza equivalente a una mensualidad. Sin embargo, muchos propietarios consideran que una mensualidad es poco y optan por pedir más de una mensualidad.

En este caso, el importe abonado no es una fianza, es una garantía adicional que acuerdan ambas partes. En el caso de viviendas, la garantía adicional no puede superar las dos mensualidades de la renta además del mes obligatorio.


Aval

En el caso de que el inquilino disponga de unas rentas bajas o lleve poco tiempo trabajando y el propietario considera que hay riesgo de impago, es muy probable que se solicite un aval solidario, normalmente por parte de un familiar.


En GuinotPrunera tenemos una larga experiencia en la gestión de patrimonios. Es importante que ambas partes tengan toda la documentación y que el contrato esté bien redactado para dar seguridad jurídica tanto al inquilino, como al propietario.


Para que no haya problemas, en GuinotPrunera acompañamos a propietarios e inquilinos en todo el proceso para verificar que todo se hace siguiendo las normas actuales en todo momento. Tanto si quieres alquilar o poner en alquiler una vivienda, te recomendamos que cuentes con un profesional como nosotros.


Proporcionamos un servicio integral en las áreas de Consultoría e Intermediación Inmobiliaria, Gestión de Patrimonios y Administración de Comunidades.